abril 14, 2026

SCJN resuelve que indemnizaciones por muerte o incapacidad se calculen con UMAs y no con salario mínimo

Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes, por seis votos contra tres, que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como criterio único para cuantificar indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad, desplazando al salario mínimo como base de cálculo.

La mayoría de los ministros votaron a favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres. A favor de fijar la UMA se pronunciaron Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero. En contra de que existiera una contradicción de criterios y, por ende, de la posibilidad de usar salarios mínimos, votaron Loretta Ortiz, Yasmin Esquivel e Irving Espinosa.

Esta resolución pone fin a la contradicción de criterios 59/2025, la cual había sido pospuesta en tres ocasiones por el pleno de la Corte. La ministra Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumía la UMA como base, mientras que la Primera Sala sostenía el uso del salario mínimo. La ministra María Estela Ríos apoyó la existencia de la contradicción al señalar que subyace una misma cuestión jurídica sobre el parámetro válido conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal.

Por su parte, las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa, declararon no compartir la existencia de la contradicción. Ortiz consideró que el aparente choque deriva de diferencias normativas analizadas por cada Sala, mientras que Esquivel manifestó que, aunque se analizaron disposiciones similares, cada precepto correspondía a elementos diversos para el cálculo.

Al defender su proyecto, la ministra Lenia Batres afirmó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización”, agregando que se atiende a la naturaleza civil del asunto, cuyo fin es “reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”. Batres calificó la determinación como un “mandato constitucional”.

La decisión tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con la información disponible, bajo el criterio de salarios mínimos el pago por indemnización por muerte podía superar los 1.5 millones de pesos; con la nueva resolución basada en la UMA, el monto no podrá rebasar los 585 mil pesos.

Cabe señalar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.

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