Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían el carácter privado de las sesiones judiciales y mecanismos de evaluación de candidatos contrarios al modelo federal. La decisión, tomada en la sesión del Pleno del 23 de marzo, reafirma los principios de publicidad y paridad en la designación de magistrados.
En el caso de Durango, el máximo tribunal declaró la invalidez de una norma que establecía el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia local. Esta disposición fue cuestionada por contravenir el principio de publicidad que debe regir los actos de autoridad, garantizando la transparencia en la administración de justicia. La investigación indica que también se discutieron artículos relacionados con la duración de los mandatos, aunque los detalles específicos de otras disposiciones invalidadas en dicha entidad no fueron completamente especificados en las fuentes disponibles.
Respecto a Nayarit, la SCJN eliminó el mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único, determinando que este esquema contravenía el modelo federal establecido para la selección de integrantes del poder judicial. Además, la Corte reconoció una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit al no incorporar en su normativa los procedimientos de insaculación y el principio de paridad de género, elementos considerados esenciales para garantizar la equidad en el acceso a la justicia.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas en el contexto de reformas aprobadas por los congresos locales de ambas entidades, las cuales modificaron las leyes orgánicas de sus respectivos poderes judiciales. Los involucrados en el proceso incluyeron al Poder Ejecutivo Federal y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quienes participaron en la defensa de la constitucionalidad de las normas federales frente a las variantes estatales.
La resolución de la Suprema Corte tiene implicaciones para la estructura judicial en los estados afectados, obligando a los congresos locales a adecuar sus legislaciones a los criterios emitidos por el Pleno. Si bien la investigación no detalla el resultado numérico exacto de la votación en la acción acumulada contra Durango, la declaración de invalidez confirma la posición mayoritaria de los ministros respecto a la inconstitucionalidad de las normas impugnadas.
Este precedente sienta las bases para que otros estados revisen sus propias normativas sobre transparencia en sesiones judiciales y métodos de evaluación de candidatos, alineándose con el estándar nacional definido por la SCJN. La corrección de estas omisiones y la eliminación de barreras contrarias al modelo federal buscan fortalecer la independencia y la legitimidad del poder judicial en todo el territorio mexicano.
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