abril 22, 2026

Juez federal condena a diario unomasuno por negar derecho de réplica a Carlos Alberto Torres

Ciudad De México, 22 de abril de 2026.- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México dictó sentencias condenatorias en contra del diario unomasuno por haber negado el derecho de réplica promovido por Carlos Alberto Torres Torres. El juez Hugo Roberto Pérez Lugo determinó que el actor cumplió con los requisitos legales para ejercer su derecho y que el medio de comunicación incumplió con su obligación de rectificar la información publicada.

El fallo, firmado el 16 de abril de 2026 por el juez Pérez Lugo y la secretaria Ximena Betzabe López Dávila, condena al diario a publicar íntegramente el reclamo de Carlos Alberto Torres Torres. La resolución establece que la rectificación deberá realizarse con el mismo despliegue en su edición impresa y plataformas digitales.

Además de la publicación, el juez condenó a unomasuno al pago de sendas multas consistentes en 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes en la fecha en que se realice el pago, cantidad que al día de hoy asciende a 58 mil 655 pesos. Asimismo, se determinó que la empresa editorial deberá absorber todos los gastos derivados del proceso legal.

Los procedimientos se relacionan con notas publicadas por el diario en 2025. Uno de los juicios civiles fue promovido por una nota difundida el 18 de octubre de 2025 intitulada ‘Carlos Torres, esposo de la gobernadora de BC, cuenta con orden de aprehensión en EE. UU.’. El otro caso corresponde a una nota del 10 de noviembre de 2025 bajo el titular ‘Investigaciones a esposo y cuñado de Marina del Pilar Ávila incluyen huachicoleo y lavado de dinero’.

Según las fuentes consultadas, el juzgador determinó que el medio difundió información no verificada y carente de sustento fáctico, señalando la negativa sistemática del diario para otorgar el derecho de réplica. Mientras que algunas versiones indican que se acreditó la difamación al demostrar que Torres no enfrenta juicio alguno por los delitos atribuidos, la sentencia del Juzgado Segundo de Distrito se centra en la condena por la negación del derecho de réplica.

About The Author