marzo 28, 2026

Cámara de Diputados aprueba reforma a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, una iniciativa que busca agilizar la resolución de controversias entre particulares y la autoridad federal. La votación en lo general registró 363 votos a favor, 64 en contra y 25 abstenciones.

En la discusión en lo particular, el dictamen fue avalado con 328 votos a favor y 119 en contra, sin registrar abstenciones. Con esta aprobación, la minuta recibida del Senado avanza con una modificación específica en el artículo 19, estableciendo que los juicios tramitados en la vía sumaria deberán resolverse en un plazo máximo de seis meses.

La reforma incorpora cambios sustanciales para evitar dilaciones procesales, incluyendo la implementación de un plazo común de cinco días para aquellas actuaciones del Tribunal que carecen de un término específico. Asimismo, se contemplan plazos máximos para las actuaciones de los magistrados instructores y para la presentación de promociones por parte de las partes involucradas en el litigio.

Entre los ajustes destacados se encuentra la actualización de los montos para acceder a ciertos procedimientos. Una de las fuentes consultadas indica que se incrementa la cuantía de procedencia de 15 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, mientras que otra versión de los hechos señala un límite de resoluciones cuyo importe no exceda de 15 veces la UMA anual para la vía sumaria. También se adicionan supuestos para negar la suspensión del acto impugnado cuando se afecte el interés social o se contravengan disposiciones de orden público.

Para modernizar el sistema de justicia, la nueva legislación contempla la posibilidad de que los juicios sean tramitados electrónicamente a través del Sistema de Justicia en Línea. Adicionalmente, se fijan plazos más estrictos para la práctica de notificaciones y se modifica el procedimiento aplicable en casos de atracción y recusación de magistrados, actualizando referencias normativas vigentes.

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