Ciudad De México, 27 de marzo de 2026.- El Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Tercer Circuito recibió formalmente el acta de defunción de Nemesio y/o Rubén Oseguera Cervantes, un paso procesal necesario para dictaminar sobre la apelación en su expediente penal. La recepción del documento ocurre después de que el Ministerio Público Federal mostrara resistencia inicial para aportarlo, argumentando obstáculos administrativos o que la gestión correspondía a la defensa legal.
La solicitud del tribunal se emitió el pasado 24 de febrero, dos días después de la fecha de fallecimiento reportada el 22 de febrero en Jalisco. Los magistrados requerían esta constancia oficial para tener facultades de resolver sobre la prescripción de una orden de captura por delincuencia organizada y, en su caso, decretar el sobreseimiento del caso debido al fallecimiento del acusado.
Durante varias semanas, las autoridades federales se negaron a entregar el acta bajo el argumento de que no era su responsabilidad obtenerla. Sin embargo, los jueces federales rechazaron dicha postura, enfatizando que se trata de un documento público y que el Estado tiene la obligación de conseguirlo y presentarlo ante la instancia judicial. Finalmente, el trámite se destrabó tras la intervención directa solicitada por el tribunal a los directores generales del Registro Civil de Jalisco y de la Ciudad de México.
El expediente judicial tiene su origen en una orden de aprehensión vinculada al asesinato de José de Jesús Gallegos Álvarez, secretario de Turismo de Jalisco, ocurrido en 2013. En septiembre de 2025, el Juez Sexto de Distrito en Materia Penal en Jalisco había declarado prescrita la causa penal, decisión que fue objeto de apelación por parte del Ministerio Público, motivo por el cual el proceso seguía vigente hasta la confirmación del deceso.
Con la entrega del documento, el tribunal cuenta ahora con los elementos para emitir una resolución definitiva sobre el estatus legal del proceso. Aunque el cierre formal del caso está pendiente de dictarse, la recepción del acta elimina el obstáculo administrativo que mantenía estancada la resolución judicial desde finales del mes pasado.
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